Propiedad Horizontal
Seguridad y Salud en el Trabajo para propiedad horizontal: el respaldo técnico que la administración necesita y los residentes esperan
Cumplimiento laboral al día, zonas comunes bajo control y una administración que responde con evidencia ante el consejo y la asamblea.
El problema
Una copropiedad es un empleador: responde por la seguridad de su personal de portería, aseo y mantenimiento, de los contratistas que entran a las zonas comunes y, en la práctica, de los residentes. Pero rara vez tiene un responsable de SST dedicado, y la rotación de vigilancia y aseo deja el sistema desactualizado sin que nadie lo note.
Cuando llega el Ministerio del Trabajo o, peor, una emergencia real, lo único que protege al administrador y al consejo es el sistema documentado y funcionando. Este servicio es ese respaldo: para administraciones, consejos y empresas de gestión de propiedad horizontal obligadas a cumplir el Decreto 1072 de 2015 y la Resolución 0312 de 2019.
El resultado de lo que hacemos
- 100%
- Requisitos legales de SST mapeados, con responsable y fecha de cumplimiento.
- 0
- Hallazgos sin plan de cierre después de cada auditoría o inspección.
- 24/7
- Plan de emergencia y evacuación vigente, socializado y listo para activarse.
Alcance
Sistema y cumplimiento
La base: implementar el SG-SST de la copropiedad, saber dónde está hoy y mantener la documentación al día.
- Implementación integral del SG-SST adaptado a la operación de propiedad horizontal.
- Diagnóstico de cumplimiento frente al Decreto 1072 de 2015 y los estándares mínimos de la Resolución 0312 de 2019.
- Actualización y control documental del sistema de gestión.
Riesgos y emergencias
El control operativo de las zonas comunes, donde ocurren los accidentes reales.
- Identificación, evaluación y control de riesgos operativos y de seguridad en zonas comunes.
- Diseño, actualización y socialización de planes de emergencia y evacuación.
- Inspecciones de seguridad locativa y de condiciones operativas en la copropiedad.
Personas y respaldo
Que el personal esté formado y que la administración no enfrente sola a las autoridades.
- Capacitación especializada en SST y emergencias para porterías, aseo y mantenimiento.
- Investigación de incidentes y accidentes de trabajo con enfoque preventivo.
- Auditorías internas en seguridad y salud en el trabajo (SST).
- Acompañamiento técnico en visitas y requerimientos del Ministerio del Trabajo.
Preguntas frecuentes
¿Una copropiedad está obligada a tener SG-SST?
Sí. Toda copropiedad que tenga trabajadores a cargo, directos o a través de contratistas, es empleador frente a la normativa colombiana y debe implementar el Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo conforme al Decreto 1072 de 2015 y la Resolución 0312 de 2019. El estándar aplicable depende del número de trabajadores y del nivel de riesgo.
¿Quién responde si ocurre un accidente en zonas comunes?
La copropiedad, representada por su administrador, responde como empleador y como responsable del inmueble. Un sistema de seguridad y salud en el trabajo documentado y operando es la evidencia de diligencia que reduce la exposición sancionatoria del administrador y del consejo.
¿Cuánto tarda una implementación desde cero?
Para una copropiedad estándar, el diagnóstico toma entre una y dos semanas y la implementación base entre seis y doce semanas, según el tamaño, el número de contratistas y el estado documental de partida. El acompañamiento posterior es mensual.
¿Trabajan con el personal de vigilancia y aseo que es de un tercero?
Sí. Incluimos la coordinación de actividades con contratistas, que es uno de los puntos donde más hallazgos aparecen: verificación de afiliaciones, matrices de riesgo del contratista y evidencia de socialización.
